Organiza la formación de tu empresa

Tus cursos podrán resultar total o parcialmente gratuitos.

1. ¿Qué es la formación organizada por las empresas?

Todas las empresas que cotizan por formación profesional disponen de una cuantía (crédito de formación) para bonificarse la formación que realicen sus trabajadores anualmente. Este crédito, que no hay que entenderlo como un crédito bancario, es una cuantía para invertir en Formación, es decir, un importe que le corresponde a cada empresa, de uso libre en Formación.

Una vez realizada la formación, el gasto será deducido mediante las cotizaciones a la Seguridad Social. El organismo encargado de la gestión de la bonificación es la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo. FUNDAE.

2. ¿De dónde surge el crédito de formación?

El crédito proviene del importe cotizado por la empresa en concepto de Formación Profesional durante el año anterior. A este importe se le aplica un porcentaje de bonificación en función de la plantilla media que determina el crédito, según la tabla.

Plantilla media anual
% Bonificación
1 - 5
420€ garantizados
6 - 9
100% cotización por F.P.
10 - 49
75% cotización por F.P.
50 - 249
60% cotización por F.P.
≥ 250
50% cotización por F.P.
Nº DE TRABAJADORES
COFINANCIACIÓN
10 - 49
10%
50 - 249
20%
≥ 250
40%

Crédito

Te indicamos tu crédito, y te elaboramos un plan.

El crédito proviene del importe cotizado por la empresa en concepto de Formación Profesional durante el año anterior. Independientemente del número medio de trabajadores que tenga la empresa y de lo cotizado por la contingencia de formación profesional, tienes garantizado un crédito mínimo de 420 € para desarrollar tu formación organizada.

Cofinanciación

¿Cómo puedo afrontarla?

3. ¿No tengo que pagar nada?

El sistema de formación establece que las empresas de más de 9 trabajadores han de realizar una pequeña aportación privada, ya sea económica (no bonificándose todo el curso) o realizando al menos parte del curso en jornada laboral.

Esta aportación privada o “esfuerzo inversor” se establece en función de la plantilla media de tu empresa.

4. ¿Cómo utilizar el crédito de mi empresa?

Una vez calculado el crédito que dispones, podrás iniciar y planificar la formación de los trabajadores de tu empresa. Cada acción formativa podrá ser bonificable total o parcialmente en función del coste del curso y las condiciones de tu empresa. A medida que vayas desarrollando tu formación y bonificándotela, la cuantía del crédito de formación se irá restando.

Desde que decides realizar la formación hasta que se te bonifica, son necesarios una serie de trámites administrativos en cada uno de tus cursos.

También la empresa debe tener en cuenta que para poder bonificarse el coste de la formación debe de encontrarse al corriente de pago con la Seguridad Social y las obligaciones Tributarias.

Además es necesario que el curso sea de materia adecuada a la actividad de tu empresa.

5. ¿Qué trabajadores pueden acceder al modelo de formación?

Podrán realizar cursos “bonificados” todos los trabajadores que coticen por la contingencia de Formación Profesional en empresas privadas o Entidades Públicas Empresariales.

Por lo tanto, quedan excluidos los funcionarios y los autónomos, así como cualquier trabajador en organismos públicos no empresariales.

6. ¿Cómo se bonifica la formación?

Una vez realizada la formación y cumplidos todos los trámites administrativos, se debe comunicar el cierre del curso a la Fundación Tripartita. Tras este paso ya se podrá bonificar el coste a través de los boletines de cotización a la Seguridad Social.

7. Entidades organizadoras de formación

Las empresas pueden gestionar directamente su crédito de formación y realizar todos los trámites administrativos y burocráticos con la Fundación Tripartita.

Pero también pueden agruparse con otras empresas y delegar todos esos trámites en una Entidad Organizadora para que les resulte más sencillo el proceso y no tengan que destinar recursos.

Nosotros podemos organizar tu formación.

 

En definitiva

Anualmente el Ministerio de Trabajo e Inmigración asigna a tu empresa una cuantía (Crédito de Formación) para formar a tus trabajadores.

Este importe resulta de a la cuantía aplicada por la empresa el año anterior en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establezca en la Ley de Presupuesto Generales del Estado.

El Crédito de Formación varía en función del tamaño de la empresa y se hace efectivo a través de las bonificaciones en las cotizaciones de Seguridad Social.

El objetivo es favorecer la adquisición de competencias básicas que permitan mejorar las competencias profesionales de los trabajadores.

La formación podrá impartirse de forma presencial, o mediante teleformación o mixta.