Imágenes - Autoescuela San Martín, Coruña Imágenes - Autoescuela San Martín, Coruña

La expedición de los permisos de conducción estará supeditada a las condiciones siguientes:

Solo se expedirán a conductores que sean titulares de un permiso en vigor de la clase B. El permiso de la clase:

Solo podrán expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de las clases B, C1, C, D1, o D, respectivamente. El permiso de la clase:

No se autoriza a conducir motocicletas de dos ruedas, de cilindrada superior a 125cc, con o sin sidecar, con los permisos de clase:

Para conducir vehículos que realicen transporte escolar, turismos destinados al transporte público de viajeros y vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve, será necesario tener una experiencia, durante al menos un año, en la conducción de vehículos a que autoriza el permiso ordinario de la clase B y superar las pruebas de control de conocimientos sobre mecánica y reglamentación aplicada a esta clase de vehículos, que se indican en el artículo 51.3 del Reglamento General de Conductores. (Autorización BTP).

El año de antigüedad podrá ser sustituido por un certificado que acredite haber completado una formación especifica teórica y práctica impartida por un centro de formación de conductores autorizado para ello y la superación de las pruebas de control de conocimientos y de aptitudes y comportamientos, que se indican en los articulos 51.3, 52.3 y 53.1 del mencionado Reglamento.

Los ciclomotores y los vehículos para personas con movilidad reducida (coches de minusválido), se podrán conducir con permiso de las clases A1, A y B o con la licencia de conducción correspondiente.